RM 159-2017-MINEDU: modificatoria del CNEB y de los programas curriculares
Modifica el Currículo Nacional de la Educación Básica aprobado por la RM 281-2016-MINEDU y los programas curriculares de Inicial, Primaria y Secundaria aprobados por la RM 649-2016-MINEDU. Amplía el enfoque de Igualdad de Género, reformula la competencia "Construye su identidad" incorporando la capacidad "Vive su sexualidad de manera integral y responsable" e incorpora al glosario los términos de la Educación Sexual Integral. Es la fuente normativa vigente para el tratamiento de sexualidad, género y diversidad en los documentos pedagógicos.
Ficha de la norma
- Código
- RM 159-2017-MINEDU
- Tipo
- Resolución Ministerial modificatoria del currículo nacional
- Emitida por
- Ministerio de Educación del Perú (MINEDU)
- Publicación
- Vigencia
- Vigente al 16 de mayo de 2026, sin derogación posterior conocida. En los puntos que modifica, es esta versión —y no el texto original de 2016— la que debe citarse.
- Aplica a
- Todas
Qué regula
- La modificación del CNEB conforme al Anexo 1 de la resolución.
- La modificación de los programas curriculares de Educación Inicial, Primaria y Secundaria conforme al Anexo 2.
- La versión ampliada del enfoque transversal de Igualdad de Género, con el valor de empatía, sus actitudes y ejemplos de cómo se demuestra en el aula.
- La reformulación de la competencia "Construye su identidad" y de sus estándares por nivel.
- Los términos del glosario curricular sobre Educación Sexual Integral, género, identidad, igualdad de género, orientación sexual, sexo y sexualidad.
Puntos clave para el docente
Nueva capacidad en "Construye su identidad"
La competencia pasa a incluir la capacidad "Vive su sexualidad de manera integral y responsable de acuerdo a su etapa de desarrollo y madurez", junto a "Se valora a sí mismo", "Autorregula sus emociones" y "Reflexiona y argumenta éticamente". La norma la define como tomar conciencia de sí mismo como hombre o mujer, establecer relaciones de igualdad y relaciones afectivas armoniosas y libres de violencia, e identificar y poner en práctica conductas de autocuidado.
Enfoque de Igualdad de Género ampliado
El texto vigente señala que en una situación de igualdad real los derechos, deberes y oportunidades de las personas no dependen de su identidad de género, y que lo que se considera "femenino" o "masculino" son nociones que se construyen en la interacción social. Advierte que algunos roles asignados se traducen en desigualdades que afectan derechos, como cuando el cuidado doméstico asociado a las mujeres se vuelve razón para que una estudiante deje la escuela.
Empatía como valor del enfoque
El tratamiento del enfoque incorpora el valor de la empatía, con la actitud de reconocer y valorar las emociones y necesidades afectivas de los otros al identificar situaciones de desigualdad de género. Se demuestra, por ejemplo, cuando estudiantes y docentes analizan prejuicios entre géneros, como suponer que las mujeres tienen menor capacidad para matemáticas y ciencias o que los varones la tienen para Comunicación.
Estándares que nombran violencia y derechos
Los estándares reformulados incorporan, en el nivel esperado al final del ciclo VII, relacionarse sin discriminar por género, características físicas, origen étnico, lengua, discapacidad, orientación sexual, edad o nivel socioeconómico, e identificar situaciones que vulneran los derechos sexuales y reproductivos. En el nivel destacado se añade identificar signos de violencia en las relaciones de amistad o pareja.
Glosario con definiciones oficiales de ESI
La norma define Educación Sexual Integral como un espacio sistemático de enseñanza aprendizaje que promueve valores, conocimientos, actitudes y habilidades para la toma de decisiones conscientes y críticas sobre el cuidado del propio cuerpo, las relaciones interpersonales y el ejercicio de la sexualidad, en sus dimensiones biológica-reproductiva, socio-afectiva, ética y moral. También fija las definiciones de género, identidad, igualdad de género, orientación sexual, sexo y sexualidad.
También toca inglés y diversificación
El Anexo 1 incorpora las capacidades de la competencia "Se comunica oralmente en inglés" y reitera las orientaciones de diversificación curricular: el PCI forma parte del PEI y se construye sobre el currículo regional, las instituciones deben desarrollar todas las competencias que demanda el CNEB, y las horas de libre disponibilidad pueden usarse en talleres, laboratorios, proyectos u otras formas de organización curricular.
Qué le exige a usted en la práctica
- Al planificar "Construye su identidad", incluya la capacidad "Vive su sexualidad de manera integral y responsable" cuando corresponda a la edad y al estándar del ciclo: forma parte de la competencia vigente.
- Cite las definiciones del glosario de esta resolución cuando sus documentos usen los términos sexo, género, sexualidad, orientación sexual o ESI, en lugar de parafrasearlos.
- Trabaje el enfoque de Igualdad de Género con el texto ampliado de 2017, no con la redacción original de 2016.
- Recuerde que en Secundaria esta competencia se desarrolla en el área de Desarrollo Personal, Ciudadanía y Cívica, no en Personal Social.
Preguntas frecuentes sobre RM 159-2017-MINEDU
¿Qué cambió exactamente la RM 159-2017 en el CNEB?
Modificó el CNEB conforme a su Anexo 1 y los programas curriculares de Inicial, Primaria y Secundaria conforme a su Anexo 2. Los cambios de mayor alcance para el aula son la versión ampliada del enfoque de Igualdad de Género, la reformulación de la competencia "Construye su identidad" con la capacidad sobre vivencia de la sexualidad, y la incorporación al glosario de los términos de la Educación Sexual Integral.
¿La Educación Sexual Integral es obligatoria en el currículo?
La ESI está definida en el glosario curricular vigente y la competencia "Construye su identidad" incluye la capacidad "Vive su sexualidad de manera integral y responsable de acuerdo a su etapa de desarrollo y madurez", con estándares por nivel. El CNEB establece además que las instituciones deben desarrollar todas las competencias que demanda el currículo.
¿Cuál es la diferencia entre sexo y género según el currículo?
El glosario define sexo como el conjunto de características físicas, biológicas, anatómicas y fisiológicas que definen a los seres humanos como hombre o mujer, determinado por la naturaleza desde el nacimiento. Género son los roles y conductas atribuidos por las diferentes sociedades y culturas a hombres y mujeres, entendidos desde una dimensión sociocultural y no exclusivamente biológica.
¿Debo citar el CNEB de 2016 o la modificatoria de 2017?
Depende del punto. En todo lo que la RM 159-2017 modificó —enfoque de Igualdad de Género, competencia "Construye su identidad" y sus estándares, glosario— la versión vigente es la de 2017. En el resto del currículo se mantiene el texto aprobado por la RM 281-2016-MINEDU.
Normas relacionadas
- RM 281-2016-MINEDU — Aprueban el Currículo Nacional de la Educación Básica
- RM 649-2016-MINEDU — Aprueban el Programa Curricular de Educación Inicial, el Programa Curricular de Educación Primaria y el Programa Curricular de Educación Secundaria
- RVM 212-2020-MINEDU — Lineamientos de Tutoría y Orientación Educativa para la Educación Básica
- RVM 094-2020-MINEDU — Norma que regula la Evaluación de las Competencias de los Estudiantes de la Educación Básica
- DS 004-2018-MINEDU — Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes
Fuente oficial
Esta ficha es un resumen de ProfeYA para uso docente y no sustituye al texto oficial. Consulte siempre la norma completa antes de tomar una decisión administrativa: RM 159-2017-MINEDU en el portal del Estado.
Ficha revisada el . Si detecta que esta norma fue modificada o derogada, escríbanos a contacto@profeya.org.